Examinarme del ECA o del ROAC: ¿y por qué no de los dos?

Hola a tod@s:

Ayer recibí una de esas consultas que considero interesantes, de un antiguo alumno del Master. A continuación reproduzco el texto de la consulta en cursiva y la respuesta que le di a su caso particular:

Estimado Manuel, soy un alumno suyo del Máster de Auditoría de la Universidad de Granada. Le sigo en linkedin y quería hacerle unas preguntas. Quería prepararme el acceso al ROAC pero como tienes que tener tres años firmados por un auditor es complicado prepararte estas oposiciones, pero igualmente me gustaría que me informara ya que yo he trabajado durante más de tres años en un banco y no sé si eso cuenta para algo. Por otra parte me gustaría que me informara sobre el experto contable y si es complementaria la preparación de ambos exámenes.
Estimado alumno, vamos por partes:
1) REGISTRO OFICIAL DE AUDITORES DE CUENTAS (ROAC):
Necesitas 3 años (dos de ellos bajo un auditor). Lo que dice la Ley de Auditoría de Cuentas es: “La formación práctica deberá extenderse por un período mínimo de tres años en trabajos realizados en el ámbito financiero y contable, y se referirá especialmente a cuentas anuales, cuentas consolidadas o estados financieros análogos. Al menos, dos años de dicha formación práctica se deberán realizar con un auditor de cuentas o una sociedad de auditoría, y en el ejercicio de esta actividad en cualquier Estado miembro de la Unión Europea.” (art. 9 LAC).
Pero el Reglamento que desarrolla la Ley de Auditoría de Cuentas matiza y endurece los requisitos anteriormente expuestos: “A estos efectos, no se entenderá cumplido el citado requisito de formación práctica hasta haber acreditado la realización de trabajos efectivos en dicho ámbito durante, al menos, 5.100 horas, de las cuales 3.400 deben corresponder a tareas relativas a las distintas fases que componen la actividad de auditoría de cuentas. De este último número de horas, podrá justificarse hasta un máximo de un 20 por ciento por dedicación a otras tareas relacionadas con la actividad de auditoría de cuentas.
La formación práctica a realizar con un auditor de cuentas o una sociedad de auditoría, y en relación a las tareas relativas a las distintas fases que componen dicha actividad, se realizará, con carácter general, con posterioridad a la realización del curso de enseñanza teórica (por ejemplo, el Master de Auditoría) regulado en el artículo anterior. A estos efectos, únicamente se computará con un máximo de 425 horas antes de la realización del citado curso y un máximo de 850 horas durante la realización del mismo la formación práctica correspondiente a la actividad de auditoría de cuentas y a la realización sustancial de todas las tareas relativas a la auditoría de cuentas.” (art. 35.1 RLAC), que no es tu caso particular.
Por tanto, horas específicas de auditoría (de las que se declaran al ROAC en los modelos pertinentes), tienes que trabajar 2.720 horas (=3.400 x 80%). Si tu objetivo es obtener la inscripción en el ROAC, tienes que buscar empleo en un despacho de auditoría (mejor mediano o grande, pues en un despacho más pequeño te puede costar mucho tiempo llegar a cumplir con las horas). Queda un importe restante de horas de 680 horas (=3.400 x 20%), que debes trabajar en otras tareas relacionadas con la actividad de auditoría de cuentas (por ejemplo, tareas de tipo administrativo, trabajos de revisión limitada que no se correspondan específicamente con la definición de auditoría de cuentas, etc.).
2) EXPERTO CONTABLE ACREDITADO (ECA). Hay 3 formas de acceder a la acreditación:
a) Si eres auditor, ya eres ECA (solo tienes que inscribirte como tal en el Colegio de Economistas o en el ICJCE), pero para ello primero deberías opositar y aprobar el examen de acceso al ROAC.
b) Para profesionales y/o académicos con experiencia: la acreditación puede obtenerse a través de méritos profesionales, académicos y publicaciones. Esta acreditación es para profesionales con mucho tiempo trabajando. En este caso en concreto, puedes hacerlo en la web de AECA (http://aeca.es/experto-contable-acreditado/), y también en la web del ICJCE (http://www.icjce.es/acreditacion1) o del REA-REGA (http://rea-rega.economistas.es/noticias/experto-contable-acreditado/). Pero en este caso, tu todavía no alcanzas los méritos exigidos.
c) Examen (lo convocan ICJCE y REA-REGA), que suele ser a finales de octubre de cada año. Requisitos para acceder al examen:
-Tener una titulación universitaria (Diplomatura, Licenciatura y/o Grado)
– Demostrar una formación práctica mínima de 3 años
Si quieres acceder lo antes posible, esta última opción es la factible en tu caso particular. Eso sí, te recomiendo que consultes en las Corporaciones citadas si los méritos profesionales que acreditas son suficientes para poder examinarte.
3) ¿ES COMPLEMENTARIA LA PREPARACIÓN DE LOS EXÁMENES DEL ECA Y DEL ROAC?
En mi opinión, sí. La preparación del ECA se centra más en un fuerte conocimiento de la normativa contable desde el punto de vista teórico y práctico, y el examen sería en octubre de 2016 (mi grupo empiezo a prepararlo el 1 de mayo). Dicho conocimiento asentado puede ser determinante en la preparación del ROAC (en mi grupo comenzamos un conocimiento preliminar también en mayo pero la parte intensa empieza el 1 de diciembre para el examen del ROAC de 2017), pues la parte contable ya tendrá un grado de avance y dominio importante y permite al alumno centrarse más en cuestiones relacionadas con la normativa y procedimientos de auditoría de cuentas.
No obstante, hay que advertir: ambos exámenes son duros (sobre todo, el ROAC) y exigen un sacrificio importante. Hay que pensar muy bien nuestras prioridades personales y profesionales antes de tomar una decisión.
Recibid un cordial saludo,
Manuel Rejón
@paccioliaccount

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