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Novedades importantes en PGC (II): El Régimen Transitorio

O cómo aperturar el balance de 2008 con el nuevo PGC (a quien adivine dónde saqué la foto, tiene premio, jeje). La Disposición Transitoria 1ª del borrador del Real Decreto que debe aprobar el nuevo PGC dispone, a grandes rasgos lo siguiente:

En cuanto a los criterios de valoración, se presumirá que las valoraciones existentes conforme a los principios y normas vigentes en el ejercicio 2007, son equivalentes a las incluidas en el PGC08. Pero dicha presunción no es aplicable a los instrumentos financieros valorados por su valor razonable.

Finalmente y para no aburriros mucho, decir que la contrapartida de los ajustes que se tengan que practicar será generalmente una partida de reservas (supondremos que disponibles y, si no hay, pues a resultados negativos de ejercicios anteriores), excepto en aquellos casos en que la contrapartida de los ajustes sean otras partidas de patrimonio neto.

Saludos desde Maracena (Granada), Manolo R.

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